presentación
La Ley Universitaria Nº 30220, en su artículo 133º, define a la Defensoría Universitaria como la “instancia encargada de la tutela de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria, que vela por el mantenimiento del principio de autoridad responsable”.
Así mismo, define la competencia de la Defensoría Universitaria para conocer denuncias y reclamaciones que formulen los miembros de la comunidad universitaria, vinculadas con la infracción de derechos individuales, precisando que no es de su competencia conocer las denuncias de carácter colectivo, sobre derechos laborales, medidas disciplinarias, evaluaciones académicas de docentes y alumnos, y las transgresiones que pueden ventilarse por otras vías o instancia.
funciones
De acuerdo al artículo N° 17 de del Reglamento de la Defensoría Universitaria, son sus funciones:
- Atender las denuncias, reclamaciones, quejas y peticiones que reciba, cautelando que los procedimientos se realicen por los cauces previstos en la normativa institucional.
- Absolver las consultas que se le formulen, brindando las orientaciones e informaciones que correspondan.
- Procurar que las acciones u omisiones de quienes tienen a cargo las unidades académicas y administrativas no afecten los derechos individuales de los miembros de la comunidad universitaria.
- Cautelar la atención de las peticiones o reclamaciones en tiempo oportuno y en la forma esperada.
- Dirigir a los órganos y miembros de la comunidad universitaria recomendaciones y sugerencias para corregir las deficiencias que observe, exhortando su cumplimiento
- Velar por la eficacia de los servicios educativos y de bienestar social que brinda Universidad.
- Propiciar que las relaciones entre los miembros de la comunidad universitaria se desenvuelvan dentro de un marco de respeto mutuo, colaboración y cordialidad.
- Promover la difusión de documentos informativos en materia de derechos y deberes de los estudiantes de la Universidad.
- Fomentar la cultura institucional de respeto entre todos los miembros de la comunidad universitaria.
- Elaborar los informes correspondientes sobre su intervención en todas aquellas cuestiones que afectan los derechos de la comunidad orreguiana.
- Solicitar informes a los funcionarios universitarios de quienes se reclama la afectación o vulneración de algún derecho protegido por la normativa universitaria.
Procedimiento:
1. Descargar el formato para la Solicitud de Intervención de Defensoría Universitaria
2. Completar los datos solicitados correctamente escritos
3. Adjuntar los medios probatorios de la queja/reclamo
4. Presentar vía correo a defensorìa_universitaria@upao.edu.pe o en forma presencial en el horario de lunes a viernes de 8.00 a.m. a 1:00 p.m.
Ubicación:
Campus Trujillo: Pabellón C, 3º piso.
Campus Piura: Pabellón A, 4.° piso
DEFENSORA: Olga Amelia
Cribilleros Shigihara |
|
DEFENSORAS ADJUNTAS SEDE TRUJILLO |
DEFENSORAS ADJUNTAS SEDE PIURA |
Dra. Olga Patricia Gamarra Chirinos |
Ms .María Elizabeth Salazar Vega |
Lic. Olga Lily Velásquez Escudero |
Abog. Lizbeth Vélez Quilcate |
Secretaria: Rosa Vásquez Córdova |
|